En Uruguay los emisores de dinero electrónico podrán invertir el fondo salarial
10 de Septiembre, 2014 - Uruguay
El Banco Central del Uruguay (BCU) autorizará a que los emisores de dinero electrónico puedan invertir sus fondos administrados (salarios) en colocaciones a plazos no mayores de 12 meses.
El emisor de dinero electrónico (billetera electrónica, tarjeta prepaga) es una nueva figura que fue creada en Uruguay en la reciente ley de Inclusión Financiera, y forma parte de los cambios que se implementarán en el sistema de pagos de la economía.
La reglamentación del BCU que establece las condiciones para el desarrollo de sus actividades, prevé que quienes sean emisores podrán invertir los fondos "siempre que se asegure la liquidez necesaria para atender las prestaciones de los servicios de dinero electrónico", esto es el pago de salarios.
En este sentido, agrega que se admitirán las colocaciones bancarias y los valores públicos. Los ingresos que se deriven de la gestión e inversión de los fondos pertenecerán a las instituciones emisoras de dinero electrónico y también serán de cargo los costos o pérdidas que se deriven de la gestión y la inversión.
A partir de noviembre, los trabajadores que aún no cobran su salario por cuenta bancaria, podrán elegir un banco o un emisor de dinero electrónico. Así, podrán beneficiarse de la rebaja del IVA cuando abonan con tarjeta de débito, prepaga o billetera electrónica.
Según la ley de Inclusión Financiera, el dinero electrónico podrá ser emitido por bancos o por nuevas entidades (redes de pago por ejemplo). Si una red de pago, quisiera emitir dinero electrónico, la ley no le permite que capte depósitos u ofrezca créditos. Podrá ofrecer créditos si se asocia con una cooperativa.
El asesor del Ministerio de Economía (MEF), Martín Vallcorba, dijo que existen varios interesados en ser emisores de dinero electrónico, como las redes de pagos y algunas cooperativas, pero también "han surgido nuevos actores que no tenían participación ni en la parte de pago ni en el sistema financiero".
"Vamos a tener unas cuantas solicitudes. Deberíamos tener más de cuatro o cinco en el arranque como mínimo. Si uno tiene en cuenta la cantidad de instituciones bancarias que tenemos en el mercado, es un aporte importante en cantidad de instituciones que van a estar compitiendo, ofreciendo servicios y dándole más opciones a los trabajadores y a los jubilados de optar en qué institución cobrar", afirmó. "Es otra señal alentadora", añadió Vallcorba.
Una de las firmas que analiza esta posibilidad es la empresa Red Pagos. Su gerente comercial, Fernando Lapchik dijo al diario El País que "hay interés" y "se estudia el escenario de cómo llevarlo adelante".
Desde junio de 2017 el pago de salarios y beneficios sociales deberá realizarse de forma obligatoria a través de cuentas bancarias, utilizando tarjetas de débito, o mediante el uso de dinero electrónico. El cronograma de incorporación al nuevo sistema iba a regir desde octubre, pero como la reglamentación de los emisores de dinero electrónico se atrasó, su comienzo será en noviembre.
La ley de Inclusión Financiera establece que debe pasar al menos un mes luego de esa etapa, porque es el tiempo necesario para que el BCU autorice a funcionar a los emisores que se presenten. "Hay un compromiso del Central que en plazo máximo de un mes se dé al menos una autorización provisoria a los que se presenten y cumplan con la reglamentación", dijo Vallcorba.
De esa forma, entre el 1° de noviembre de 2014 y el 30 de julio de 2015 los trabajadores que aun no cobran sus salarios por cuenta bancaria o a través de la red de pagos y cobranzas, tendrán derecho a elegir un banco o un emisor de dinero electrónico. Luego, entre el 1° de agosto de 2015 y el 30 de octubre de 2015 será el empleador u organismo de seguridad social el que podrá elegir la institución en la cual pagará, si el trabajador no lo hizo. De común acuerdo entre empleador y trabajador se podrá mantener el sistema actual de cobro, hasta junio de 2017.
Fuente: El País, Uruguay
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