Los comercios uruguayos deberán aceptar todas las tarjetas de débito y crédito
8 de Octubre, 2014 - Uruguay
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) culminó un decreto que comenzará regir este mes y que incluye sanciones para operadores.
En Uruguay el MEF culminó la redacción de dos decretos reglamentarios de la ley de inclusión financiera que regirán este mes. Uno apuntará a evitar la discriminación que hoy impone el mercado para el pago con cualquier tarjeta de crédito y/o débito en los agentes que aceptan medios electrónicos de pago. El segundo extenderá el subsidio para la adquisición y arrendamiento de medios electrónicos de pago para los comercios.
El integrante de la Asesoría Macroeconómica, Martín Vallcorba, dijo que el primer decreto apunta a resolver un punto de partida donde la “posición dominante” de una empresa de POS que está vinculada a las tarjetas que ostentan un predomino del mercado. “Utilizando ese vinculado cruzado, han limitado el surgimiento de nuevos competidores en el mercado”, explicó el jerarca.
Actualmente, hay tarjetas de créditos que impiden que por su red de POS puedan pasar otros sellos. En otro extremo, las empresas que comercializan los POS impiden que sus aparatos sean utilizados por cualquier tarjeta de crédito o débito.
Ante este contexto, fue que el MEF decidió intervenir para regular el mercado sobre las base de “tres principios fundamentales” con un decreto reglamentario. El primero, establece que todos los administradores de redes POS y los adquirentes que actúen en representación de los emisores de las tarjetas tienen el “derecho de solicitar una interconexión” y, al mismo tiempo, están “obligados a concederlas cuando se las solicita”, reveló Vallcorba.
El segundo principio que fija el decreto es que se alcance un acuerdo entre las partes. “La idea es que tanto los administradores de redes de POS como adquirentes tengan la libertad de convenir precios y las condiciones de interconexión respetando el marco general del decreto”, precisó el jerarca. “La lógica” de este reglamento es “muy poco intervencionista”, acotó.
Finalmente, el tercer principio establece el derecho a un “trato no discriminatorio”. Es decir, todos los administradores de POS y adquirentes van a acceder en la interconexión que soliciten condiciones técnicas y económicas que sean “equivalentes” a la que cada uno otorga a terceros. “Sobre esta base se prevé que funcione la interoperabilidad”, afirmó Vallcorba.
De todas formas, el decreto reglamentario otorga el derecho a los emisores de las tarjetas a que determinan las condiciones de seguridad para sus sellos puedan utilizarse en todas las redes de POS, como certificaciones y protocolos de funcionamiento, entre otras. “La única condiciones es que sean requisitos de carácter general que apliquen para todos los administradores de redes. No se admitirá que se le exijan condiciones distintas según la red de POS”, precisó Vallcorba.
El decreto establece en forma taxativa el procedimiento que deberá transitarse en los casos en que no exista acuerdo entre los privados sobre las condiciones de interconexión. Por ejemplo, cuando una de las partes solicita una interconexión se dispara un plazo de 30 días durante los cuales se negociará a los efectos de alcanzar un consenso. Cumplido ese plazo, cualquiera de las partes (el administrador de POS o el emisor de la tarjeta) puede solicitar a la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicación (Ursec) que intervenga a los efectos de resolver esa diferencia. El plazo máximo para tomar una definición definitiva será de 6 meses y 15 días, pero la Ursec deberá habilitar una solución transitoria de interconexión en un plazo corrido de 45 días.
Por otro lado, en caso que persistan diferencias sobre los aranceles, la Ursec está facultada para solicitarle al Ejecutivo que establezca “cargos de referencia” para zanjar el diferendo.
Información y sanciones
Otros de los elementos que determina el decreto atendiendo el “espíritu de transparentar la información” es que todos los contratos que se firmen entre los agentes tengan un carácter de información pública. Por tanto, todos los actores podrán conocer los términos del acuerdo de la competencia para definir las reglas de interconexión. “Para poder saber si existe un trato discriminatorio, tengo que saber cómo tratan a los demás”, justificó el asesor del MEF.
Por otro lado, en un plazo máximo de 30 días luego de la entrada en vigencia del decreto, todos los emisores en representación de las tarjetas están obligados a presentar una propuesta que establezca los requisitos mínimos que cada parte entiende necesario para comenzar a firmar los convenios de interconexión. “Esto apunta a que las negociaciones entre las partes se puedan dar de la mejor manera”, indicó Vallcorba.
El decreto también establece una serie de “penalidades” fijando multas que pueden ir desde las 100 Unidades Reajustables (USD 3.050) hasta las 16.000 UR (USD 485.000) dependiendo del tipo de incumplimiento. “De alguna manera opera (por la sanción) como un mecanismo coercitivo para que lo que prevé el decreto se cumpla en la práctica”, advirtió el jerarca.
Según Vallcorba, este reglamento de interoperabilidad apunta a “minimizar” la intervención en el funcionamiento del mercado, pero asegurando reglas “claras”, “transparentes” y “equitativas” para todas las partes. Además, consideró que “sentará las bases” para el arribo de “nuevas empresas” interesadas en ingresar el sistema de pagos minorista.
Fuente: El Observador, Uruguay
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