Banco Central de Paraguay puso tope del 5% a la comisión por compras con tarjetas de crédito
22 de Marzo, 2016 - Paraguay
El Banco Central del Paraguay (BCP) fijó ayer las tasas máximas de comisión a los comercios adheridos por parte de las entidades procesadoras por los pagos efectuados con tarjetas de crédito y débito.
De conformidad con los mandatos de la Ley N° 5.476 (de tarjetas), el BCP estableció en 5% la comisión máxima sobre pagos realizados con tarjetas de crédito y en 3% la tasa para las de débito.
Estos porcentajes se compadecen con los niveles manejados a nivel regional en la materia, y permitirán a los comercios adheridos al sistema de tarjetas de crédito y débito en Paraguay optimizar sus costos transaccionales, de acuerdo con la banca matriz.
Como antecedente de la decisión del BCP, se puede mencionar que varios comercios vinieron manifestando su malestar por las elevadas comisiones que cobran las procesadoras cuando los clientes abonan con tarjetas de crédito.
En venta de electrónicos la tasa era del 8%; mientras que en supermercados se cobraba 1,5%.
La Asociación de Restaurantes del Paraguay (Arpy) se sumó al reclamo que hicieron los comerciantes de diferentes sectores, por la comisión que estaban cobrando las procesadoras de tarjetas a los comercios que contratan sus servicios para permitir el pago con las tarjetas de crédito y débito.
Néstor Filártiga, presidente del gremio gastronómico y director del restaurante Mburicao, había manifestado que el rubro creció lo suficiente en volumen de negocios como para merecer el mismo trato que poseen otros comercios, como son los supermercados y las estaciones de servicio, que tienen tasas más bajas. Las tasas para el sector de restaurantes estaban entre el 4,5% y el 7,5%.
La principales autoridades del BCP expresaron en un comunicado que ya desde el año 2014 la banca matriz vino liderando e impulsando un proceso que permita preservar en el sistema financiero las ventajas del libre mercado, pero al mismo tiempo profundizar la transparencia e información a los diferentes agentes y proteger los derechos de los consumidores.
En ese sentido, en marzo del 2015, el BCP emitió la Resolución N° 2, Acta N° 19 "Norma de Transparencia Informativa para el cobro de Comisiones y penalidades", que estableció el marco general para el cobro de comisiones por parte de los bancos y financieras, de manera a evitar el cobro de cargos por servicios no brindados.
El proceso de ordenamiento de las comisiones a los usuarios del sistema financiero, si bien fue liderado por el Banco Central, se hizo con la participación activa de las entidades financieras, los emisores y las operadoras, tanto en la provisión de la información necesaria como en el inicio de un proceso de ordenamiento y autorregulación, según se consigna en el portal de la banca matriz.
la normativa. Recordemos que en agosto pasado el Congreso Nacional promulgó la Ley N° 5476 "Que establece Normas de transparencia y defensa al usuario en la utilización de tarjetas de crédito y débito", que obliga al BCP a reglamentar y a regular -entre otras cosas- el porcentaje máximo de las comisiones a los comercios a ser percibidas por las operadoras.
Con base en estas obligaciones y facultades, la banca matriz emitió la Resolución N° 43, Acta N° 95 de fecha 30 de diciembre del 2015, donde se procedió a reglamentar la referida Ley N° 5476/15.
La autoridad monetaria establece que los límites de tasas expuestos son valores máximos, pudiendo los porcentajes ser menores de acuerdo a negociaciones, acuerdos y/o proyectos entre una procesadora y el comercio adherido en particular.
Fuente: Ultima Hora
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