Chile: TDLC establece regulación para pagos con tarjetas
18 de Agosto, 2022 - Chile
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) dictó sus Instrucciones para las condiciones de competencia en el mercado de los medios de pago con tarjetas de crédito, de débito y prepago.
TDLC reconoció la posición dominante que mantienen Visa y Mastercard en el mercado de tarjetas de pago y ordenó modificaciones específicas a sus reglas y prácticas comerciales, acogiendo de manera sustantiva las recomendaciones previamente indicadas.
Entre las más relevantes destacan:
•Establece plazos para la implementación total de interoperabilidad entre operadores adquirentes y emisores, respecto de su interconexión con las marcas de tarjetas, implementación de protocolos de seguridad de transacciones y modalidades de pago en cuotas.
•Ordena eliminar o modificar, según corresponda a cada marca, las reglas relacionadas con restricciones a licenciamiento de adquirencia, obligaciones de publicidad de las tasas de intercambio que éstas fijen.
•De forma provisoria, las marcas de tarjetas no podrán impedir a los comercios aplicar precios diferenciados por medio de pago, pudiendo aplicar un recargo que no sea superior a la comisión pagada por cada transacción con tarjeta, de manera pública y transparente. Esta regla temporal tendrá vigencia hasta que entren en vigencia las tasas de intercambio definitivas y que cumplan con la prueba de indiferencia del comercio (“test del turista”).
•Las marcas de tarjetas no podrán imponer la aceptación conjunta de todos sus productos, pudiendo cada comercio elegir el tipo de tarjeta que aceptará al afiliarse a esa marca.
•Prohíbe cualquier regla que obligue a los PSP a traspasar los comercios que éstos afilien al adquirente al cual se encuentren conectados en caso de superar un determinado umbral de valor, número de transacciones o cualquier otro criterio análogo, debiendo aplicar en esa materia la regulación establecida por el Banco Central.
•Indica que las marcas de tarjetas deberán adaptar sus definiciones y reglas sobre transacciones transfronterizas a la normativa emitida por el Banco Central.
•Ordena que éstas informen periódicamente a la FNE respecto de los cobros relacionados con transacciones transfronterizas y costos de marca, debiendo justificar fundadamente sus modificaciones.
•Regula los plazos y justificaciones que deben considerar las marcas de tarjetas para modificar unilateralmente sus contratos, reglas y estándares exigibles a quienes participan de sus sistemas de tarjetas de pago.
•Establece las condiciones en que las marcas de tarjetas pueden aplicar procesos sancionatorios a sus licenciatarios.
•Ordena que las tasas de intercambio deben ser publicadas, de manera desagregada, en las respectivas páginas web de cada marca.
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