En México abren competencia en acceso a red de tarjetas de crédito
13 de Marzo, 2014 - México
Los contratos, instrumentos y protocolos relacionados con el uso de los medios de pago electrónicos deberán fomentar la competencia, reducir los cobros de las comisiones y permitir un libre acceso.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer la regulación para los servicios relacionados con las redes de medios de disposición.
Las reglas emitidas por la dependencia se prevén en la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, que forma parte de la reforma financiera y que precisamente será el tema de la comparecencia del gobernador del Banco de México, Agustín Carstens ante la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados.
Al respecto, el banco central destacó la importancia de la nueva regulación, porque se prohíben las políticas discriminatorias en el acceso a la red de tarjetas, o de cláusulas de exclusividad en los contratos; se promueve la inclusión de un mayor número de participantes en la determinación de precios en la red y procura que los usuarios tengan información completa sobre los servicios que reciben, así como se impide el empaquetamiento forzoso de productos o aquellos esquemas de precios que impidan el sano crecimiento de los pagos con tarjeta.
La regulación establece los términos y condiciones en que se presten los servicios relacionados con dichas redes, condiciones que deberán cumplir los participantes.
También, las cuotas de intercambio y comisiones bajo los principios de fomento de la competencia; ampliación de infraestructura y reducción de cobros y comisiones, así como el libre acceso, la no discriminación y protección de los intereses de los usuarios, en beneficio de los que utilizan dichos medios de disposición, como los comercios o establecimientos.
Hay que recordar que en la ley se considera a las redes de disposición aquellas series de acuerdos, protocolos, instrumentos, interfaces, procedimientos, reglas, programas, sistemas, infraestructura y demás elementos relacionados con el uso de medios de pagos electrónicos, como tarjetas bancarias, cheques y transferencias electrónicas.
Trato equitativo
Hacienda detalló que los contratos y acuerdos que celebren los participantes en redes deberán contener cláusulas que permitan a su contraparte cuando menos conocer en forma detallada y específica los servicios, condiciones y estándares en que prestarán cada uno de ellos.
También, que esté enterado de los términos y condiciones en forma desglosada y precisa, así como las contraprestaciones de los servicios. Pero sobre todo, deberá recibir un trato equitativo y no discriminatorio.
Además, tener a su disposición de manera oportuna estados de cuenta. En la resolución de controversias, se exigirá tener acceso a un proceso no discriminatorio, libre de conflictos de interés y expedito. Se debe prever la terminación de la relación contractual con el prestador de servicios.
Hacienda aclaró que los contratos no podrán contemplar esquemas en los que se condicione la negociación de operaciones o servicios a la contratación de otra operación o servicio, así como cualquier otra práctica que afecte a la competencia.
Fuente: El Economista, México
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