La baja de cuatro puntos del impuesto solo se aplicará para tarjetas de débito y no para pagos online.
El Ministerio de Economía y Finanzas de Uruguay (MEF) reglamentará en tres etapas la ley de inclusión financiera que aprobó el Parlamento el pasado mes.
La primera saldrá a mediados de junio y contemplará tres capítulos: la instrumentación de la rebaja del IVA, la extensión de la campaña para subsidiar la instalación de POS en pequeños comercios y la interoperabilidad de las redes de POS.
En diálogo con el periódico local, El Observador, el integrante de la Asesoría Macroeconómica del MEF, Martín Vallcorba, adelantó algunos aspectos que tendrá la primera fase de reglamentación.
El jerarca recordó que el Poder Ejecutivo hará uso de las facultades para instrumentar la “rebaja adicional” de IVA para las operaciones con tarjetas de débito y crédito a partir del 1º de agosto hasta el 31 de julio de 2015.
Eso implica que el primer año de vigencia de la ley, las transacciones con tarjetas de débito tendrían una rebaja de cuatro puntos de IVA para la tasa básica (de 22% a 18%) y las operaciones con crédito dos puntos (de 22% a 20%). La rebaja también se aplicará para el IVA mínimo que pasará de 10% a 6% en las operaciones con débito y de 10% a 8% con crédito.
Vallcorba informó que la reglamentación especificará cuáles serán los instrumentos electrónicos análogos que también podrán beneficiarse con la rebaja del IVA. Acá estarán incluidos los pagos por internet, débitos automáticos en cuentas, pagos online en general desde distintas plataformas tecnológicas. En este conjunto de operaciones análogas la rebaja del IVA será solo de 2 puntos (del 22% al 20%). “El adicional de cuatro puntos solamente se aplicará para las operaciones con débito”, precisó Vallcorba. El jerarca explicó que esta “discriminación” a favor de las operaciones futuras con débito obedece a que Uruguay “está bastante relegado” en la región en la utilización de este instrumento de pago y no en los débitos automáticos. “El foco (de la rebaja adicional de IVA) lo queremos poner en el débito y el comercio porque es el instrumento donde tenemos más espacio para seguir creciendo”, argumentó.
Ponerse al día
La instrumentación de esta ley traerá aparejada una serie de cambios importantes sobre toda la cadena de pagos de la economía. En primer lugar, las empresas que administran las redes de POS deberán reprogramar estos aparatos para que cuando un usuario vaya a un comercio a partir del 1º de agosto acceda a la rebaja de los cuatro puntos de IVA que le corresponde, si opera con débito, o los dos puntos, si utiliza tarjeta de crédito. “El cliente deberá ver en su voucher la devolución de IVA a la que está accediendo. Las empresas deben ir preparándose para atender esta nueva realidad”, advirtió Vallcorba.
El sistema deberá “compensar” lo que no se le cobra al consumidor con un crédito fiscal que recibirán los comercios y que luego podrán utilizar para el pago de sus obligaciones tributarias (BPS o DGI). Por ejemplo, un consumidor que pague un artículo de $ 122, deberá obtener una devolución de $ 4 si paga con tarjeta de débito, mientras que el comercio tendrá un crédito fiscal por esos $ 4.
“Ese crédito fiscal (para el comercio) se lo deberá generar el medio de pago. Por eso los procesadores de medios de pago deben adecuarse a estos cambios”, explicó Vallcorba.
Por otro lado, los comercios que realicen cobros descentralizados van a tener que adecuar las facturas que cobran con débito automático de sus cuentas. “Las empresas que emitan esa factura van a tener que proporcionarle información al banco, cosa que antes no hacían”, señaló el funcionario del MEF. Por ejemplo, van a tener que especificar si esa factura será para consumo final o tiene otro fin. Economía ya trabajó sobre este tema con las empresas públicas.
Otro de los cambios que deberán procesar las empresas será la información que está en el código de barras de las facturas para que habiliten el descuento del IVA en los pagos con tarjetas de débito.
“De alguna manera, todos los actores van a tener que prepararse para que la devolución del IVA pueda estar operativa a partir del 1º de agosto”, afirmó Vallcorba.
La reglamentación que está terminando de afinar Economía “contemplará” la situación de los pequeños comercios y monotributistas que no son contribuyentes de IVA, sino por un monto fijo mensual. Vallcorba indicó que a estos microempresarios se les hace “bastante complicado” discriminar qué productos están gravados con una tasa de IVA básica (22%), mínima (10%) o están exentos para calcular la devolución de este impuesto.
Esto se debe a que negocios como quioscos no cuentan con un sistema de caja con los productos identificados, o no tienen una tiqueadora antigua (máquina para marcar precios), que no permite distinguir con qué tasa de IVA están gravados los productos.
En este caso, el MEF optará por fijar un “ficto” por un año a los pequeños comercios donde la rebaja de los cuatro puntos de IVA que se obtendrá por pagar con débito implicará un descuento de 3,28% sobre el importe con IVA incluido o de 1,64% si la operación se realiza con tarjeta de crédito. “Se va a aplicar ese porcentaje para aquellos productos que están gravados al 22%, el 10% o estén exentos de IVA”, explicó Vallcorba.
El funcionario dijo que esto permitirá una aplicación “más simplificada” durante el primer año del régimen para el pequeño comercio, que es el que tendría las mayores dificultades. Descartó que esta medida tenga un impacto fiscal relevante. En paralelo, se darán facilidades para que estos comercios puedan acceder a tecnología que permita discriminar la tasa de IVA con la que están gravados los distintos productos.