Los bancos españoles cobrarán el alquiler de los POS a los comercios
16 de Junio, 2014 - España
Los bancos españoles no han tardado en responder a la rebaja de las comisiones que cobran a los comercios por aceptar el pago con tarjeta.
La intención de las entidades financieras es compensar los menores ingresos por comisiones con el cobro por otros conceptos, singularmente una cuota de alquiler por el POS. Este cobro no existe hasta ahora en España, pero es habitual en el resto de Europa, lo que permite a los bancos cobrar comisiones más bajas. El resultado es que los comercios acabarán pagando casi lo mismo y que los bancos no perderán negocio.
El anuncio de una rebaja de las comisiones máximas que los bancos pueden aplicar a los comercios por el cobro con tarjeta, aprobada por el Consejo de Ministros, cogió al sector con el pie cambiado. Nadie esperaba que el Gobierno impusiera esta limitación, puesto que no les había dicho nada y la norma que se está negociando en Bruselas sobre este asunto no iba a entrar en vigor previsiblemente hasta 2016. La indignación del sector se explica porque se trata de un golpe sustancial para los ingresos de la banca, que les llega por sorpresa en un momento de fuerte debilidad de los márgenes. Y lo que más les duele es que la decisión se haya tomado "a traición", sin ningún aviso previo.
El Gobierno ha impuesto unos límites a las comisiones del 0,2% para las de débito y del 0,3% para las de crédito. Hasta ahora no existía ningún tope legal, sino que la banca había llegado a un acuerdo con las asociaciones de comerciantes para establecer unos límites del 0,76% para las de crédito y de 33 céntimos por transacción -independientemente del volumen- para las de débito. Estos límites son los que pretende imponer la nueva normativa comunitaria, pero no impiden cobrar una cuota fija por alquiler: "La gente dice que en Europa se cobra menos por el uso de POS que en España. Y es cierto, pero es que en Europa pagan un alquiler que aquí no existe", explican en una entidad.
Según explican fuentes consultadas, lo que ha limitado el Ejecutivo es lo que el banco propietario del POS debe pagar al propietario de la tarjeta -Visa, MasterCard, American Express, etc.-, que a su vez repercute al comercio. Este coste que el banco cobra a la tienda -el usuario del POS- depende de la relación que tengan los dos: mayor o menor vinculación, voluntad del banco de captarlo como cliente, antigüedad, tipo de negocio, facturación... De esta forma, el cobro por transacción puede variar desde el 0,1% hasta el 0,8%.
Ahora, si se reduce el pago a los propietarios de la tarjeta, sería injustificable por parte del banco no trasladar esa rebaja a su cliente, es decir, el comercio. Pero claro, eso erosionará sus márgenes y la banca no puede permitirse algo así en un momento en que estos están hundidos por la caída del crédito y unos tipos de interés cada vez más bajos que reducen los ingresos procedentes de los préstamos. De hecho, éstos siguen en positivo en el conjunto del sector únicamente gracias al carry trade, es decir, a la operativa que consiste en tomar dinero barato en la barra libre del BCE e invertirlo en deuda pública.
¿Cuánto supondrá esta cuota? Según las fuentes consultadas, tendrá que cubrir el coste del aparato (en torno a 180 euros) más el coste del soporte informático y el coste del riesgo de fraude.
La inexistencia hasta ahora de este alquiler es lo que llevaba a afirmar al sector que las comisiones actuales son bastante competitivas con respecto a los costes que supone este servicio. Por tanto, la banca considera que la rebaja impuesta por el Gobierno es injusta; pero no sólo eso, sino también improvisada -no había ninguna necesidad de anticiparse a la normativa europea- y arbitraria -se han fijado esos topes como se podían haber fijado otros-.
La medida, además, afecta a la venta del negocio de POS que han acometido muchas entidades en los últimos años. En estos casos, los precios cobrados a los socios que han entrado en el capital se basan en un flujo de ingresos futuro que depende de las comisiones que se impongan a los comercios; por tanto, si éstas bajan, no salen las cuentas. Y en algunos de estos acuerdos se contemplan rebajas o devoluciones de parte de lo pagado si se daba esta eventualidad. De ahí que, en estos casos, también sea necesario buscar una compensación mediante la cuota de alquiler.
Fuente: El Confidencial, España
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